miércoles, 16 de noviembre de 2011

TENGO UNA PREGUNTA PARA USTED

Izaskun Buelta Serrano nos recuerda la ley LISMI implantada hace 29 años en España



La Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI)

Integración laboral
Desde hace más de dos décadas que existe una ley que pretende, entre otros objetivos, impulsar y fomentar la integración laboral de personas discapacitadas.

Se trata de la LISMI (ley de integración social de los minusválidos ley 13/1982 de 7 de abril, que establece para las empresas públicas y privadas, con una plantilla superior a 50 trabajadores, la obligación de contratar a un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2%.


El Real Decreto 27/2000, de 14 de enero

Por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2% favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores, prevé la realización de un contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo para el cumplimiento de dicha reserva.

Medidas allternativas |
Compra de bienes y/o servicios a un Centro Especial de Empleo.
Contratación de un trabajador autónomo discapacitado.
Donación o acción de patrocinio a favor de una entidad cuyo objeto social sea la formación profesional, la inserción laboral y la creación de puestos de trabajo a favor de personas con discapacidad.
Creación de un Enclave Laboral. 

Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU)

Origen | Es un complemento y actualización de la Ley 13/82 (LISMI- Ley de Integración Social de Minusválidos). Entre otras modificaciones, hay un cambio de denominación de personas “disminuidas físicas, psíquicas y sensoriales” por “personas con discapacidad”.

Áreas de actuación | Igualdad de trato y no discriminación en materia de empleo y ocupación.

Regula |
acceso al empleo
actividad profesional por cuenta propia y ejercicio profesional.
la afiliación y participación en las organizaciones sindicales y empresariales,
las condiciones de trabajo,
la promoción profesional
formación profesional ocupacional y continua

La LIONDAU cuenta con una herramienta para realizar reclamaciones o quejas a la Administración cuando los derechos como personas con discapacidad han sido vulnerados. Este sistema arbitral de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad garantiza los derechos en los siguientes sectores profesionales: telecomunicaciones y sociedad de la información, espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación, transportes, bienes y servicios a disposición del público, relaciones con las Administraciones Públicas. 

Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. 

Origen | Es una modificación de otras normas españolas ya existentes:
Estatuto de los Trabajadores,
Ley de Integración Social de Minusválidos (LISMI),
Ley 45/99 (prestación de servicios transnacional),
Ley de Procedimiento Laboral, Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS),
Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública (ahora Estatuto de la Función Pública)
Ley de Funcionarios Civiles del Estado.

Áreas de actuación | Igualdad de trato y no discriminación en materia de empleo y ocupación.

Ley 49/2007 de 26 de diciembre

Ley por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Se considera que estos principios se incumplen cuando se producen acosos, vulneración de las exigencias de accesibilidad, falta de respeto a las medidas de acción positiva y discriminaciones directas o indirectas, esto es: cuando en una situación análoga o comparable una persona con discapacidad es tratada de manera menos favorable que otra que no lo es o cuando una disposición legal, una decisión unilateral o un criterio colocan en desventaja a 
una persona discapacitada.

Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo

Con este Decreto se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales.
Dicho Reglamento se estructura en tres capítulos:

Disposiciones generales.
Previsiones y medidas para lograr la accesibilidad de las personas con discapacidad en los procesos electorales, sin perjuicio de la realización de los ajustes razonables que procedan y medidas de acción positiva.
Medidas que pueden ser tenidas en cuenta por las organizaciones políticas con el fin de promover la accesibilidad y la no discriminación para la participación de las personas con discapacidad en la vida política.Si deseas obtener información práctica sobre las elecciones locales y autonómicas del 22 de mayo de 2011, visita el enlace del Ministerio del Interior habilitado con este fin: http://elecciones.mir.es/locales2011



Izaskun preguntó a Zapatero el motivo por el que no hay más personas como ella --con síndrome de Down--, en el Congreso o en las instituciones y aprovechó para entregarle su currículum y pedirle un puesto de trabajo en La Moncloa. "Me dijo que sí", reiteró en varias ocasiones. Por eso, la posibilidad de que acabe no pasando nada le parece improbable, y aunque así fuese ella se lo tomaría de forma "normal". "No me va a fallar, y si no me llaman, yo seguiría votándole", afirmó. Tras el programa, la joven le dio su vida laboral: "Se guardó mi currículum en el bolsillo de la chaqueta, y me dijo que sí, que lo miraría". Por eso, no duda de que recibirá pronto noticias.

Izaskun ha estado trabajando en la pastelería y bombonería Embassy, donde se dedicaba a rellenar paquetes con bombones, caramelos y regañadas. Pero reconoce que esta ocupación sólo le gusta "un poco", y que preferiría tener en puesto en La Moncloa con Zapatero. Actualmente esta trabajando en la "Fundación Ideas" la cual tiene como objetivo prioritario aportar nuevas ideas progresistas al debate político y social en un mundo en cambio permanente. Su misión consiste en señalar retos y oportunidades, prevenir problemas y aportar posibles soluciones que los resuelvan, soluciones novedosas e imaginativas, pero también rigurosas desde un punto de vista científico y políticamente aplicables. http://www.fundacionideas.es/node/348











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